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Fortaleciendo la participación ciudadana

Fortaleciendo la participación ciudadana

Participación Ciudadana

La Constitución Política de Colombia consagra la participación ciudadana como un derecho fundamental y como uno de los pilares del Estado Social de Derecho. Participar implica incidir de manera activa y responsable en los asuntos públicos, a través de espacios de deliberación, concertación, control y diálogo permanente con las instituciones del Estado.

En desarrollo de este mandato constitucional, la Ley 1757 de 2015 establece disposiciones para promover, proteger y garantizar las distintas modalidades del derecho a participar en la vida política, administrativa, económica, social y cultural del país, así como para fortalecer el control al poder público.

Esta ley regula integralmente los mecanismos de participación ciudadana, la rendición de cuentas y el ejercicio del control social sobre la gestión pública.

Mecanismos de Participación Ciudadana

Los mecanismos de participación ciudadana son instrumentos legales que permiten a las personas intervenir en las decisiones que los afectan y ejercer vigilancia sobre la gestión pública.


La Contraloría Departamental del Magdalena, en el marco de su función constitucional de control fiscal, promueve y garantiza espacios de participación ciudadana como herramienta fundamental para el fortalecimiento del control social y la protección del patrimonio público.

La Rendición de Cuentas

De conformidad con el artículo 48 de la Ley 1757 de 2015, la rendición de cuentas es un proceso permanente conformado por un conjunto de normas, procedimientos y prácticas mediante el cual las entidades públicas informan, explican y dan a conocer los resultados de su gestión a la ciudadanía y demás actores institucionales, promoviendo el diálogo y la transparencia.


Su finalidad es garantizar la transparencia en la gestión pública, fortalecer la confianza ciudadana y propiciar escenarios de interacción entre el Estado y la comunidad.

El Control Social

El control social es el derecho y el deber de los ciudadanos de participar, de manera individual o a través de sus organizaciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados. Tiene como propósito realizar seguimiento y evaluación a las políticas públicas y a la gestión desarrollada por autoridades públicas y particulares que ejerzan funciones públicas, conforme a lo establecido en los artículos 60 al 63 de la Ley 1757 de 2015.

El control social puede ejercerse a través de:

  • Veedurías ciudadanas
  • Juntas de vigilanciaComités de desarrollo y control social de los servicios públicos domiciliarios
  • Auditorías ciudadanas
  • Instancias de participación ciudadana

 

La Contraloría Departamental del Magdalena reconoce el control social como un aliado estratégico en la vigilancia de los recursos públicos y promueve la articulación con la ciudadanía para fortalecer la transparencia, la eficiencia y la legalidad en la gestión fiscal.